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El Tribunal Supremo absuelve a la alcaldesa de Hernani, Marian Beitialarrangoitia de enaltecimiento del terrorismo
La sentencia entiende que las declaraciones de la alcaldesa de Hernani, Marian Beitialarrangoitia, en el Anaitasuna de Iruñea no fueron delito y están amparadas por la libertad de expresión
Kaos. Euskal Herria y Derechos Humanos | 19-3-2010 a las 1:02 | 1013 lecturas | 3 comentarios
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El Tribunal Supremo absuelve a la alcaldesa de Hernani

El Tribunal Supremo español ha revocado la sentencia de la Audiencia Nacional que condenó a un año de prisión y siete de inhabilitación a la alcaldesa de Hernani, Marian Beitialarrangoitia, por haber pedido un aplauso para Igor Portu y Mattin Sarasola en un acto político en Iruñea.

Sentencia del Tribunal Supremo

GARA

MADRID-. Cuatro de los cinco magistrados que componen la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo –Joaquín Jiménez (ponente), Juan Ramón Berdugo, Luciano Varela y José Antonio Martín Pallín– se han mostrado partidarios de revocar la sentencia de la Audiencia Nacional al entender que las declaraciones de la alcaldesa de Hernani, Marian Beitialarrangoitia, en el Anaitasuna de Iruñea no fueron delito y están amparadas por la libertad de expresión.

El fallo cuenta con el voto particular del juez Julián Sánchez Melgar, que era favorable a ratificar la condena por "enaltecimiento del terrorismo".

Durante la vista que se celebró el pasado 18 de febrero para analizar los recuros presentados a la sentencia, la Fiscalía pidió que se ratificara la condena de un año de prisión y siete de inhabilitación impuesta a Beitialarrangoitia. La defensa pidió la absolución alegando que se había vulnerado el derecho a la libertad de expresión e ideológica y el Supremo ha estimado ahora ese recurso.

El Supremo afirma que en las palabras de Beitialarrangoitia "no existió exaltación del terrorismo ni de sus autores" y que "nada aparece en sus expresiones que pudiera estimarse ni alabanza o justificación por el atentado a la T-4 ni a la presunta intervención de ellos [Mattin Sarasola e Igor Portu] en tal atentado".

En opinión de la Sala, "queda más claro la exteriorización de un cariño hacia ellos y de una cercanía personal, y eso queda fuera del tipo penal".

Según se recoge en la sentencia, "la naturaleza de las expresiones proferidas valoradas tanto en su literalidad como contextualizadas en el acto en el que fueron pronunciadas, la ausencia de todo grito, homenaje o consigna dirigido a enaltecer a la actividad de ETA o los hechos imputados a Portu y Sarasola, todo este conjunto de datos conducen, en opinión de la Sala que la conclusión de que no hubo exaltación o alabanza del terrorismo ni de Igor Portu y Martín Sarasola por su presente actuación en la T-4, sino una denuncia por las torturas que se dicen cometidas y enlazado con ellos, el envío de un calor y cercanía que les permitiera superar esa situación y que se concreta en la expresión ¡Os queremos!".


El Supremo absuelve a Beitialarrangoitia

EiTB
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El Tribunal Supremo ha rechazado la pena de un año de cárcel y siete de inhabilitación impuesta por la Audiencia Nacional contra la alcaldesa de Hernani por enaltecimiento del terrorismo.

El Tribunal Supremo ha absuelto a la alcaldesa de Hernani, Marian Beitialarrangoitia. La Audiencia Nacional le impuso una pena de un año de cárcel y siete años de inhabilitación acusada de enaltecimiento del terrorismo, pero el Supremo ha rechazado la sentencia y ha dejado sin castigo a la alcaldesa de la localidad guipuzcoana, según han informado fuentes del Alto Tribunal.

Con el voto de cuatro de los cinco magistrados del Tribunal Supremo, han anulado la sentencia de la Audiencia Nacional contra Marian Beitialarrangoitia. Se han mostrado a favor de la absolución porque no creen que haya delito en las manifestaciones de la alcaldesa de Hernani, creen que son declaraciones que entran dentro de la libertad de expresión.

El debate sobre la sentencia se ha alargado más de lo esperado por las discrepancias que tenían sobre el tema; así, el magistrado Julián Sánchez ha dado un voto particular.

La alcaldesa de Hernani, Marian Beitialarrangoitia, pidió aplausos para los presuntos miembros de ETA, que acababan de ser detenidos, Igor Portu y Mattin Sarasola. En el juicio dijo, sin embargo, que fue un gesto de cariño por las supuestas torturas que sufrieron durante la detención.

El Tribunal Supremo (TS) cree que la alcaldesa de Hernani, Marian Beitialarrangoitia (ANV), no alabó a ETA al pedir en 2008 un aplauso para los presuntos miembros de ETA Igor Portu y Mattin Sarasola, sino que se limitó a exteriorizar su "cariño" hacia ellos.

Para el Alto Tribunal, no hubo exaltación del terrorismo, "sino una denuncia por las torturas que se dicen cometidas y, enlazado con ello, el envío de un calor y cercanía que les permitiera superar esa situación".

Según explica, "existió una genérica imputación por parte de la alcaldesa a todos los Cuerpos de Seguridad de que torturan, lo que bien pudiera haber constituido un delito de injurias graves a Cuerpos y Fuerzas de Seguridad", acusación que fue retirada en el juicio, por lo que el Supremo no puede pronunciarse al respecto.
 
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Comentarios (3)

#1

19-03-2010 13:49

Un poco de luz nunca viene mal y si es para una alcade solidaria mejor que mejor.

Valoración: 11    |  Avisar provocación

#4

21-03-2010 00:38

MARIAN:  EUSKAL HERRIAK ZEU BEZALAKO JENDEA  MAITE DU.

Valoración: 3    |  Avisar provocación

#6

22-03-2010 16:15

marian ¿no tienes nada que decir sobre lo de txantxilla?

Valoración: 0    |  Avisar provocación

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