El pasado día 10 de Febrero se celebró el juicio ante el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº1 de SABADELL en materia de DESPIDO entre JORDI HORCAJADA (miembro y delegado de la CGT) y la empresa CECROPS, S.A.
La parte demandante, JORDI HORCAJADA, asistido por ISABEL MOLINA solicitaba la declaración de nulidad del despido con fecha de efectos de 16 de Octubre de 2008 o subsidiariamente solicitaba la declaración de improcedencia del despido por inexistencia de la falta imputada (desobediencia continuada, persistente y pública a la órdenes de la Empresa).
El Juez, todo y no proceder a la declaración de la NULIDAD DEL DESPIDO, al tratar que la decisión de la empresa de extinguir la contratación, no ha sido lesiva de derechos fundamentales, declara el despido como IMPROCEDENTE, y consecuentemente condena a la empresa a que ejercite su opción, es decir, que opte entre la readmisión de JORDI o el pago de la indemnización y en cualquier caso, abonar los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia.
Más información:
Si quieres contribuir a que Kaos en la Red pueda seguir publicando artículos como este, puedes hacer tu donación en:
| Paypal (seguro y permite diferentes formas de pago) |
Microdonación de 2 euros
| Donación de importe libre
|