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Nicaragua: La CIDH emplaza al Estado
Elementos para una propuesta política y económica para la Iniciativa de no explotación del crudo del ITT
Gobierno Territorial Rama y Kriol | Para Kaos en la Red | 19-5-2009 a las 19:46 | 846 lecturas
www.kaosenlared.net/noticia/nicaragua-cidh-emplaza-estado
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LA CIDH EMPLAZA AL ESTADO POR CASO RAMA

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos (OEA) solicitó al Estado de Nicaragua información sobre los hechos de violencia ocurridos el 9 de abril del 2009 en la comunidad indígena Rama de Tiktik Kaanu, Zompopera, en el Municipio de Bluefields Región Autónoma del Atlántico Sur (RAAS), en la Costa Caribe de Nicaragua. En los hechos de violencia dos miembros del Pueblo Indígena Rama resultaron heridos por arma blanca, uno de ellos apuñalado por la espalda. Los hechos fueron perpetrados por colonos precaristas armados de machetes, cuchillos y rifle, y el móvil fue la resistencia de los indígenas a la usurpación de sus tierras comunales tradicionales.

Los indígenas acudieron al Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH) con su denuncia, después de presentarla a la Policía Nacional en Bluefields. Sin embargo, el 14 de abril del 2009 las autoridades de policía de Bluefields dejaron en libertad al agresor capturado por los indígenas de Tiktik Kaanu. Al otro de los implicados aún prófugo, se le ha visto en estos días comprando armas, después de haber amenazado a los miembros de la comunidad.

Simultáneamente los colonos continúan carrileando en aéreas aledaña a la Comunidad de Tiktik Kaanu y enel área de las Cuevas; y según dicen ellos, con autorización del Delegado de la Intendencia de la Propiedad en Bluefields.

Estos hechos se producirían en el contexto del interés de terceros en las tierras tradicionales de los pueblos indígenas de la zona y, a pesar de existir legislación nacional que protege áreas protegidas en contra colonización, titulación individual y la integridad de los pueblos indígenas y los territorios indígenas, el Estado “no estaría implementando las acciones necesarias para su protección”, señala la comunicación de la CIDH, citando la denuncia de los indígenas.

La CIDH tiene la potestad de pedir información, en procedimientos cuasi jurisdiccionales, sobre casos específicos por acciones u omisiones de los estados miembros de la OEA. En virtud de lo preceptuado por el Artículo 41 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que establece como funciones primordiales de la CIDH el promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en el hemisferio americano.

Para mayor información comunicarse al Gobierno Territorial Rama y Kriol (GTR-K) (505)2572-1765.

 
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