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Dos despidos procedentes y uno improcedente para tres delegados sindicales de Telefónica
La sentencia del Juzgado de lo Social de Madrid se suma a las decenas de acciones contra el sindicalismo de clase y alternativo que se están dando en el estado español.
AST | Para Kaos en la Red | 23-11-2008 a las 23:25 | 2149 lecturas | 3 comentarios
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Un juez confirma la represión sindical en la multinacional española 

Dos despidos procedentes y uno improcedente para tres delegados sindicales de Telefónica


El Juzgado de lo Social nº 33 de Madrid ha confirmado la represión sindical en Telefónica al sentenciar como procedentes los despidos de Álvaro Barreiro y Porfirio Barrasa y como improcedente el de Teresa Rodríguez tras los expedientes disciplinarios recibidos después de una manifestación de trabajadores en la sede de la empresa en el Distrito C.

Una ola de indignación recorre la plantilla de Telefónica que todavía no puede creerse la sentencia del juez José Pablo Aramendi, sobretodo, tras haberse hecho público el video presentado en la vista y resaltar en la sentencia que son más creíbles las declaraciones de los testigos de la empresa que los de la defensa. De esta manera entiende que la declaración de un guardaespaldas “que pasaba por allí” y vio como Porfirio Barrasa golpeaba repetidamente con un adoquín uno de los cristales del edificio hasta romperlo es mucho mas creíble que la de los propios manifestantes o la nulidad de la prueba presentada en forma de video, y en la que no se ve nada, como así lo dice la propia sentencia. Grotescamente, la empresa presentó el adoquín como prueba.

Como indignante es la acusación que, según el juez miembro de Jueces para la Democracia, prueba que Álvaro Barreiro, al corear consignas a través del micrófono como “A por ellos” o “La próxima vez dinamitamos” alienta a los manifestantes para ocupar violentamente el edificio y atemoriza a quienes se oponen a sus propósitos, “sobrepasando el marco del ejercicio de los derechos de expresión y manifestación en el contexto de una huelga”. Además, insiste, genera una situación de evidente riesgo para el Jefe de Seguridad cuando le dice que “nos hemos quedado con tu cara y sabemos quien eres” al increparle tras conocer que había despedido a un guardia de seguridad que se había negado a intervenir en un conflicto laboral, tal y como marca la Ley de Seguridad Privada.

El despido improcedente de Teresa Rodríguez viene apoyado por ser vista en los videos y entendiendo por el juez que golpea en las puertas de los locales de CCOO y UGT y recrimina al jefe de los vigilantes por haberle mentido sobre la presencia o no de delegados de estas organizaciones. Para este magistrado, aunque los hechos revelan la existencia de un conflicto intersindical no pueden ser considerados por si mismos insultantes y, como tal, el despido debe ser improcedente.

Es decir, la principal prueba aportada por los abogados de la empresa, como son los videos, resultan irrelevantes para las sentencias ya que en ellos ni se ve nada ni, por supuesto, se escucha nada. Pero el magistrado se pone de parte de la empresa al confiar mas en el testimonio de un guardaespaldas y de los guardias de Segur Ibérica que custodiaban el edificio. Y se pone contra los trabajadores cuando entiende irrelevantes las declaraciones de un afiliado de CCOO que se encontraba en el lugar de los hechos o las de otros miembros de Secur Ibérica presentados por la defensa y que dicen que no sucedió nada de lo que se imputa a los trabajadores. Es más, omite la denuncia presentada como prueba contra Telefónica y Secur Ibérica por provocar a los manifestantes. Y, en una argumentación que recuerda a épocas pasadas, justifica que en la manifestación se infiltraran un coordinador y un inspector de la empresa de seguridad, desprovistos de uniforme para “acompañarla en su devenir intentando lógicamente obtener información preventiva”.

La sentencia del Juzgado de lo Social de Madrid se suma a las decenas de acciones contra el sindicalismo de clase y alternativo que se están dando en el estado español, tal vez como respuesta a la crisis, intentando amedrentar cualquier atisbo de reivindicación laboral al margen del sindicalismo “políticamente correcto” y, como consecuencia, al resto de la clase trabajadora.

Pero es curioso que el mismo día que se hace pública la sentencia contra estos tres trabajadores, César Alierta sea elegido “empresario del año” en Chile o firme un Convenio de Colaboración con la Magistratura “para potenciar la relación entre empresa, Justicia y Sociedad”. O que el Ministerio de Trabajo apruebe el Expediente de Regulación de Empleo para 500 trabajadores de Móviles, que empezarán a cobrar de las arcas del estado, desligándose de una empresa que el año pasado obtuvo más de 9.000 millones de euros de beneficios.

Desde el sindicato Alternativa Sindical de Trabajadores nos informan que esta sentencia no les va ni a amedrentar ni van a abandonar el camino emprendido en defensa de los intereses de los trabajadores. La sentencia será recurrida al Tribunal Supremo de Justicia de Madrid y, mientras tanto, los delegados despedidos pasarán a percibir la prestación por desempleo así como un complemento hasta completar el 100% de su sueldo procedente de los bonos de ayuda con los que está contribuyendo la plantilla. Por su parte, la delegada cuyo despido ha sido declarado improcedente, ha solicitado ya su readmisión a su puesto de trabajo.

Más información:

Sindicato AST: http://www.sindicatoast.org

Coordinadora Sindical de Madrid: http://www.coordinadorasindicalm.es

 
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Comentarios (3)

#1

24-11-2008 12:50

Animo y adelante

Un fuerte saludo desde asturias

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#2.- la movilización es nuestra mejor defensa, no los tribunales burgueses

Miranda|24-11-2008 17:46

No nos podemos quedar en lo que digan los juzgados. Hay que pelear la readmisión de los compañeros despedidos mediante la Acción Directa.

Ánimo y adelante

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#3

24-11-2008 19:33

Que paralelismo mas "casual" se producen en todos los litigios sindicales cuando de despedir a delegados o sindicalístas se tercia.
Tras sentencia favorable al trabajador de la magistratura, convocatoria de unas jornadas de seguridad de la mutua privada previa invitación del juez que revierte  en el TSJ la misma a favor de la mutua. ¿Cuanto de por medio?  

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