¿SE ENCUENTRA REALMENTE EL ESTADO PLURINACIONAL EN CAMINO DE IMPLEMENTAR UN NUEVO MODELO DE GESTIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES?
Jach’a Suyu Pakajaqi y  la reconstitución del territorio ancestral para la defensa de los derechos colectivos y los recursos naturales.
Por: Miguel Vargas Delgado
CEJIS Regional La Paz
La nación originaria Jach´a Suyu Pakajaqi en adelante (JSP), contó en la época precolonial con uno de los territorios de mayor extensión, abarcando gran parte del actual Departamento de La Paz. Con la llegada de la colonia, el JSP fue despedazado, lo que hizo que muchas de las markas existentes en el incario, pasaran con la colonia a convertirse en provincias.
Ya en la república, esta fragmentación es consolidada sobreponiendo al ordenamiento ancestral del territorio, a autoridades como el Subprefecto, el Intendente o los corregidores. Esto fue totalmente afianzado luego de la revolución del 52, cuando se asume como forma de organización a la estructura sindical agraria. Ninguno de estos procesos históricos impidió que los ayllus conservaran sus estructuras orgánicas originarias. A través de los Jilaqatas se mantenía al ayllu como una estructura de base[1].
A partir de la marcha de 1990, la reconstitución del JSP se acogió al reconocimiento por parte del Estado Boliviano del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y la caracterización del Estado en multiétnico y pluricultural. En 1994, los nuevos dirigentes del hasta entonces sindicato, impulsaron el retorno de las autoridades originarias del ayllu. La reconstitución de la Nación Originaria del JSP se consolida el año 1997 en Qalacutu Marka (Marka Calacoto),  consagrando a sus autoridades en septiembre de ese año en Axawiri Marka (Marka Ajawiri), como un instrumento orgánico de defensa del territorio, la territorialidad y el respeto a los derechos indígenas.
La extracción de RR.NN. dentro del territorio ancestral de los PakajesHistóricamente, la explotación de recursos minerales se ha desarrollado dentro del territorio del JSP, en el yacimiento de Corocoro, uno de los mayores reservorios de cobre en el país, que contiene alrededor de 15 millones de toneladas de cobre y estaño.
Este yacimiento fue explotado desde el incario. “Corocoro, siempre ha sido un centro minero y hasta la fecha no hay ni un solo centímetro de desarrollo por la explotación de los recursos mineros, ni para la población civil, ni para las pueblos originarios” (Rafael Quispe Mallku del Ayllu Sicuipata).
Entre 1873 y 1912 el yacimiento fue explotado por las empresas Corocoro de Bolivia y Corocoro United Copper, luego, estas dos empresas se fusionaron y explotaron el yacimiento hasta 1952, año de la nacionalización de los minerales, pasando a manos de la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL), con el nacimiento de la Empresa Minera  Corocoro. Luego de la “relocalización” en 1985, cuando los decrecientes precios internacionales de los metales forzaron a COMIBOL a cerrar operaciones, hasta el 2007, el yacimiento fue explotado por algunas cooperativas mineras.
En el 2007, el entonces Ministro de Minería Guillermo Dalence manifestó el interés del gobierno por reiniciar actividades, declarando: "Tiene que despegar el proyecto Corocoro. Vamos a trabajar a cielo abierto moviendo grandes cantidades de toneladas al estilo de Inti Raymi y San Cristóbal". Esto fue ratificado el mismo año, cuando el nuevo Ministro de Minería Luis Alberto Echazú  informó que Corocoro volvería a producir cobre a partir del mes de abril del 2008, bajo un acuerdo entre los gobiernos de Bolivia y Corea del Sur.
Con esta decisión se planteó un plan dividiendo el proyecto en dos fases. La primera desarrollará la explotación de los depósitos de colas, desmontes y relaves antiguos, así como desechos de la concentración de los minerales mixtos de cobre en la planta de flotación “Lequelequeni”. Se estima que en esta etapa se procesará 600 toneladas de concentrado bruto por día y se producirá anualmente 3.500 toneladas de cobre electrolítico de alta pureza.
En la segunda etapa se tratarán los minerales extraídos a cielo abierto (open pit) del yacimiento cuprífero de la mina de Corocoro. Según el acuerdo, la cantidad de minerales a explotarse dependerá de los estudios de prospección y exploración. La responsable de esta fase es la empresa Cores de Corea.
El acuerdo firmado por el gobierno boliviano representado por COMIBOL y el gobierno de Corea del Sur representado por la empresa Korea Resources Corporation es un contrato de riesgo compartido, aprobado por Ley del Estado Nº 4017, el 7 de abril, 2009.
Cronología de la vulneración de los derechos colectivos dentro del territorio ancestral Jach´A Suyu PakajaqiCon la puesta en marcha del proyecto hidrometalúrgico de Corocoro, se cometieron una serie de vulneraciones sitemáticas a los derechos colectivos del JSP, cada una de estas fue denunciada ante las máximas autoridades de Gobierno, y son como sigue a contiuación:
Primera vulneración: En junio del 2008, el Presidente de COMIBOL y el Vicepresidente de Korea Resources Corporation firman el contrato de riesgo compartido para iniciar el “Proyecto Cuprífero de Corocoro”. El Ministro de Minería Luis Alberto Echazú muestra su conformidad con la firma del contrato, desconociendo que en ninguna de las cláusulas se toma en cuenta al JSP, lo que contradice el Artículo 2 de la Constitución Política del Estado (CPE), que reconoce la existencia precolonial de las naciones y pueblos indígenas originarias y campesinas y su domino ancestral sobre sus territorios, lo que obligaba a que en el contrato se estableciera el respeto que debe tener el Estado y las empresas extractivistas al desarrollar actividades en el territorio de los pueblos originarios.
Ante esto, el Consejo de Gobierno del JSP realizó un reclamo ante COMIBOL, institución que respondió que esta situación había sido considerada en una  cláusula del contrato. Realizado el análisis del contrato se observa que en su contenido no se hace referencia a la forma en la que se debe obtener la “Licencia Social”, lo que deja abierta la posibilidad de obtenerla a través  de cualquier tipo de proceso administrativo, desconociendo  los derechos colectivos.
Luego de  este análisis, las autoridades del JSP denunciaron estos hechos ante el Senado, solicitando la paralización de los trabajos, por que no se había cumplido lo establecido en la normativa nacional sobre los derechos colectivos;  esto, cuando ya el contrato se encontraba en esta instancia para ser aprobado mediante Ley del Estado. En respuesta, el Senado exhortó al Ministerio de Minería a cumplir con todos y cada uno de los derechos establecidos en la CPE, el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
Segunda Vulneración: A consecuencia de estas denuncias, el Ministerio de Minería procedió a realizar una “reunión de entendimiento”, que dio paso a la firma de un “acta de entendimiento”. Todo esto a través de una serie de acciones que demostraron el desconocimiento de los derechos colectivos entre las autoridades responsables del adecuado ejercicio de la Consulta, al reducir el proceso a un acto informativo unilateral, sin tener en cuenta el planteamiento de las Naciones y Pueblos Indígenas Originarios y Comunidades Campesinas afectadas, en este caso, el JSP.
La Consulta se desarrolló con exposiciones parciales del proyecto, sin permitir que las demandas de las organizaciones sean discutidas. Solamente participó una autoridad originaria, que dio su conformidad para el inicio de las actividades del proyecto, asumiéndose todo esto como el consentimiento de las 11 markas que conforman el JSP.
Todo esto fue confirmado por el Ministerio de Minería al señalar en una carta al H. Lino Vilca, Presidente de la Comisión de Industria, Comercio y Turismo del Senado que: “Antes de suscribir el Acta de Entendimiento, el día 15 de abril, se hizo una exposición sobre toda la normativa, además de los beneficios que percibirán las comunidades campesinas y la población con el Proyecto Metalúrgico de Corocoro, a cargo de un funcionario del Ministerio de Minería y Matalurgia”.
A continuación transcribimos  los  compromisos asumidos con la firma del acta:
1. Dar apoyo total al Proyecto Hidrometalúrgico de Corocoro en aras del progreso de la comunidad y de todos los pobladores, comprometiendo a brindar el apoyo incondicional para la ejecución y culminación de este proyecto;
2. En lo referente a los posibles casos de afectaciones y conforme lo disponen las normas legales en actual vigencia, previa verificación y saneamiento de dichos terrenos afectados, se realizará la correspondiente expropiación e indeminización;
3. COMIBOL  se compromete a respetar el cronograma establecido para la entrega de la obra.
Cada una de las vulneraciones expuestas arriba expresan las afectaciones de los derechos sociales y culturales del JSP; pero no muestran las afectaciones al medio ambiente ni la disminución de la producción agrícola ya que  predios de algunos comunarios fueron avasallados por la empresa para realizar sus actividades.
En este sentido Rafael Quispe Mallku del Ayllu Sicuipata señala: “En lo político, ya los trabajadores de la empresa se han agrupado en lo que es el sindicato. Cuando nosotros reclamamos nuestros derechos, lo primero que hacen es amenazar, amedrentar a nuestras autoridades y ya no respetan a las estructuras orgánicas históricas. En cuanto a las afectaciones al medio ambiente, una vez iniciado el trabajo, ya se han avasallado tierras, ya que en ellas se encuentran las colas y desmontes que serán trabajadas. El polvo, el humo y los productos químicos ahora ya están produciendo afectaciones”. La autoridad originaria señala “Como es un proyecto hidrometalúrgico, desde la toma de agua, que estaba destinada para la población, ahora ambientalmente han cambiado el curso del río y todo el agua la han destinado al proyecto. Ahora río abajo, ya no hay agua, se están secando los bofedales. Por no tener el proyecto realizado de manera clara, en los tanques de agitación, luego de un corte de luz, hubo una paralización cuando estaban agitando las colas y el desmonte con productos químicos, por la falla en la maquinaria han tenido que botar todos los químicos que se encontraban dentro de la maquinaria, con la lluvia y el viento está contaminando a todo el lugar, esto ha producido la muerte de los animales. Son esas las afectaciones directas que no necesitan de un análisis de laboratorio, son afectaciones directas que se están viendo”.
Demanda del JSP luego de las vulneracionesLuego de estos hechos, el Consejo de Gobierno de JSP demandó la realización de un proceso de Consulta como establece la CPE, el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; lo cual exigieron luego de haber asumido medidas de presión como el bloqueo de caminos y el corte de agua al proyecto. Esto hizo que el gobierno plantee la conformación de “mesas de diálogo”, para disctutir temas, como: el uso y las afectaciones al agua. La forma en que se discutiría de la tierra y el territorio y la realización de estas “mesas de diálogo” van contra la cosmovisión de las naciones y pueblos indígenas originarios y comunidades campesinas. Se pretendía iniciar el diálogo sin que las autoridades originarias conocieran mínimamente el contenido del proyecto. Por eso, el 5 de septiembre, decidieron dejar las mesas de diálogo.
Luego, las autoridades exigieron a COMIBOL entregar una copia del proyecto hidrometalúrgico de Corocoro, el Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental, el plan de mitigación y afectación y una metodología para el desarrollo de la Consulta. De todos estos compromisos solo uno fue cumplido, lo que muestra nuevamente la poca importancia que dan las autoridades estatales al ejercicio de los derechos colectivos.
Como una salida al conflicto, las autoridades del JSP definieron desarrollar el proceso de Consulta, siguiendo la propuesta de reglamento trabajada por las organizaciones indígenas origianarias y campesinas del país. Esta propuesta revaloriza el rol de las autoridades originarias, respeta el principio de integralidad territorial, por el cual los procesos de consulta desarrollados dentro de los territorios de indígenas y originarios, considerando no solo a las comunidades directamente afectadas, sino tomar en cuenta a la totalidad de las comunidades, entendiendo que el desarrollo de cualquier actividad extractiva afecta a la totalidad del territorio; el objetivo de esto es abrir la posibilidad de los comunarios de incluir dentro del proyecto hidrometalúrgico de Corocoro, cada una de las observaciones a las afectaciones, lo que permitirá mitigar los daños ya causados a la estructura orgánica ancestral, y al medio ambiente, y de manera fundamental, el sentar un antecedente en la aplicación del derecho a la consulta, con la participación activa y determinante de las naciones y pueblos indígenas y comunidades campesinas del país.
ConclusionesLa situación descrita muestra que en el proceso de transición que vive el país para la implementación de la CPE, se está incurriendo en algunas malas interpretaciones sobre la aplicación de los derechos colectivos, en específico, el derecho a la Consulta previa, libre, obligatoria y de buena fe, y a las normas y procedimientos propios de cada uno de los pueblos a ser afectados.
Esto nos hace preguntar si realmente el Estado Plurinacional ha iniciado el camino para la implementación de un nuevo modelo de gestión de los recursos naturales a partir del reconocimiento de los derechos colectivos. Esta interrogante será absuelta por los pueblos indígenas originarios y campesinos, que haciendo uso de la carta de derechos colectivos desarrollada en la CPE, ejercerán la defensa a sus territorios, sea cual fuere su base territorial  (TCO o Territorio Ancestral). Haciendo uso de herramientas como la de la Consulta, posibilitarán el desarrollo de actividades extractivas respetando las decisiones de las comunidades afectadas. Estas actividades deberán contar con el Monitoreo Socioambiental, que permitirá controlar el cumplimiento de los compromisos asumidos por las empresas que desarrollan actividades extractivas; las afectaciones ambientales y el relacionamiento entre comunarios y empresas. Se trata de dos herramientas que pueden impulsar el cambio del modelo extractivista y desarrollista por un nuevo que posibilitará la real convivencia entre desarrollo y comunidades, lo cual reflejará verdaderamente la transformación cualitativa que pretende el proceso de cambio asumido desde un inicio por los pueblos indígenas originarios y comunidades campesinas, para alcanzar el vivir bien.
[1] Chuquimia, René Guery (2006). Repensando la democracia desde el ayllu: De la condición democrática en crisis a la idea de comunidad en la política. Artes Gráfica Al Sol, La Paz.
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